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Atrás APROBACIÓN BASES REGULADORAS AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS FUERTES LLUVIAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2016.

APROBACIÓN BASES REGULADORAS AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS FUERTES LLUVIAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2016.

APROBACIÓN BASES REGULADORAS AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS FUERTES LLUVIAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2016.

 

El Consell, en reunión celebrada el pasado 22 de septiembre de 2017, y una vez realizadas las actuaciones previstas en el acuerdo adoptado el 23 de diciembre de 2016 con el objetivo de conseguir la vuelta a la normalidad de todas las zonas que se habían visto afectadas por las fuertes lluvias ocurridas en la Comunidad Valenciana los meses de noviembre y diciembre de 2016, ha aprobado el Decreto 123/2017, de 15 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y se conceden ayudas para la realización de actuaciones para paliar los daños producidos por las fuertes lluvias ocurridas en la Comunitat Valenciana los meses de noviembre y diciembre de 2016.

 

El Decreto establece y concede la cuantía y distribución entre los ayuntamientos solicitantes de las ayudas a cargo del fondo de contingencia de los presupuestos de la Generalitat para 2017.

 

Las ayudas deben destinarse a actuaciones de reparación de los daños en las infraestructuras y bienes públicos, naturales, edificios y otras construcciones, y también mobiliario y utensilios, producidos como consecuencia de las lluvias ocurridas en noviembre y diciembre de 2016. No son subvencionables las actuaciones dirigidas a nuevas infraestructuras y bienes públicos ni a la mejora de los mismos.

 

El pago de las cantidades otorgadas a los ayuntamientos se realizará mediante el libramiento anticipado del 100% del importe de la ayuda, una vez comunicada y aceptada esta.

 

Las actuaciones previstas, incluida su justificación, deben llevarse a cabo en un plazo de hasta 12 meses contados desde el día siguiente al de la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, es decir, antes del 29/09/2018.

 

 

Los ayuntamientos asumen las siguientes obligaciones:

 

  • Presentar, ante de la Dirección General de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, una memoria final que certifique la correcta realización de las diferentes actuaciones, junto a un certificado expreso a que indico que todos los daños lo son como consecuencia de las fuertes lluvias objeto del decreto.

 

  • Justificar la totalidad de los gastos realizados hasta el 100% de la aportación efectuada, incluyendo una relación completa a que especifique capítulo de gasto y tipología de actuación, y todo eso de acuerdo con lo que establece el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el resto de normativa aplicable.

 

  • Reintegrar los fondos percibidos que no hubieran sido debidamente justificados dentro del plazo y en la forma correspondiente ante la Dirección General de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.

 

  • Someterse a las actuaciones de comprobación que, con respecto a la gestión de los mencionados fondos, lleven a cabo los técnicos competentes en las materias objeto de estas ayudas, y también a las actuaciones de control financiero que realice la Intervención de la Generalitat y a los procedimientos fiscalizadores de la Sindicatura de Cuentas.

 

Puede consultarse el contenido del Decreto, que incluye el listado de municipios y el importe de la ayuda concedida a cada uno de ellos, en el siguiente enlace:

 

https://dogv.gva.es/datos/2017/09/28/pdf/2017_8483.pdf