Distinción de la Generalitat a víctimas de actos terroristas o en reconocimiento por la lucha contra el terrorismo

Introducción

Introducción

El Decreto 28/1986, de 10 de marzo, del Consell de la Generalitat, creó la Alta Distinció de la Generalitat Valenciana, con el objeto de reconocer cuantas actuaciones o servicios haya sido prestados en defensa de los intereses generales y peculiares de la Comunidad Valenciana.

Es evidente que entre quienes han defendido dichos intereses generales y peculiares de la Comunidad Valenciana, y es más aún, han defendido los valores esenciales que permiten una convivencia en paz y libertad de todos los ciudadanos valencianos, figuran en primer lugar los que han perdido su vida, como víctimas del terrorismo, o quienes han sufrido directamente sus secuelas..

Así mismo, deben ser acreedores de honorífico reconocimiento los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policías Autonómicos y Locales y las entidades y asociaciones que se han distinguido en la representación de las víctimas para paliar situaciones personales o colectivas

Desgraciadamente, el territorio valenciano ha sido escenario de episodios terroristas que han hecho sentir de un modo cercano el desgarro que producen, y uno de los modos de expresar que este sentimiento no quede relegado al olvido por el paso del tiempo es la aprobación de este decreto por el Consell de la Generalitat, que atiende a la defensa de los intereses del pueblo valenciano y es también fiel intérprete de sus sentimientos. Ello obliga a modificar el límite que en el ya precitado Decreto se establece.

Por otra parte, parece oportuno crear la Distinció de la Generalitat Valenciana, como reconocimiento de los servicios de carácter extraordinario que corporaciones, colectivos y personas individuales puedan prestar con ocasión tanto de las acciones terroristas como en las situaciones de catástrofe que, dentro del territorio de la Comunidad Valenciana, puedan producirse.