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Moros y cristianos

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Subvenciones dirigidas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito de las fiestas de los Moros y Cristianos.

 

Bases reguladoras

  • Bases reguladoras. Resolución de 26 de diciembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones dirigidas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo.

  • Corrección de errores de la Resolución de 26 de diciembre de 2025, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones dirigidas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo.

 

2026

1. Convocatoria.

  • Resolución de 9 de febrero de 2026, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo: libros de las Fallas, libros de la Magdalena, libros de Hogueras y libros de Moros y Cristianos para el año 2026.
  • Información destacada:
    • Presentar solicitud telemática desde el 15 de septiembre al 5 de octubre de 2026.

    • Entregar un ejemplar del libro presencialmente desde el 15 de septiembre al 5 de octubre de 2026.

    • Tener una tirada mínima de 75 ejemplares, disponer de depósito legal y hacer constar el lema: "El libro ha participado en la convocatoria de los premios de la Generalitat para la promoción del uso del valenciano". El período subvencionable es del 4 de octubre de 2025 al 5 de octubre de 2026.

 

2. Acceso a la solicitud telemática

Acceso a la solicitud abierto del 15 de septiembre al 5 de octubre de 2026.

Documentación asociada:

  • Anexo I de la solicitud de subvenciones para la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo.
  • Debéis acompañar la solicitud con:
    • Copia de los estatutos de la entidad registrados en el registro de asociaciones de la Generalitat o certificado de inscripción en dicho registro.
    • Documento que acredite a la persona representante legal de la entidad.
    • Factura o facturas de la edición del libro (diseño, maquetación e impresión) y documentos que acrediten el pago de las facturas. El periodo subvencionable es del 4 de octubre de 2025 al 5 de octubre de 2026.
    • Datos de domiciliación bancaria a través del trámite automatizado PROPER.

 

3. Entrega del libro de fiestas

Las entidades solicitantes deberán presentar, del 15 de setembre de 2026 fins al 5 d'octubre de 2026, un ejemplar del libro de fiestas editado.

Deberán presentarlo en la Dirección General de Política Lingüística, concretamente en la escalera 5, segundo piso, pasillo C, despacho 5C04 del edificio de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, avenida de Campanar, número 32, Valencia, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

Además de los libros de fiestas, será necesario aportar dos copias firmadas del Annex II de la solicitud para la entrega de los libros de fiestas de las subvenciones para la promoción del valenciano en el ámbito festivo.

En caso de dudas, podéis escribir a serveidepromocio@gva.es o llamar a los teléfonos 961 970 633 o al 961 970 157.

 

Información de años anteriores

1. Convocatoria

  • Resolución de 19 de abril de 2023, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se convocan las subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo, libros de Hogueras y libros de Moros y Cristianos, para el año 2023.

 

2. Concesión

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