La Generalitat convoca ayudas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética dotadas con más de 60 millones de euros a través de fondos europeos - GVANEXT
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La Generalitat convoca ayudas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética dotadas con más de 60 millones de euros a través de fondos europeos
- La cuantía de las ayudas para 2023 asciende a 62.363.567 euros a través de los fondos Next Generation EU
- El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 6 de junio de 2023 y finaliza el 28 de diciembre
La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática ha aprobado las bases para la concesiones de subvenciones de los programas de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de los fondos Next Generation EU, y su convocatoria para el ejercicio 2023, según publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Las ayudas cuentas con 62.363.567 euros, y por vivienda pueden llegar a alcanzar una subvención de hasta 26.750 euros.
Estos programas de las ayudas europeas engloban las Ayudas a Nivel de Edificio, Ayudas a Nivel de Vivienda, Ayudas a la elaboración del Libro de Edificio existente para la rehabilitación y Redacción de Proyectos de Rehabilitación.
Concretamente, las Ayudas a Nivel de Edificio comprenden la rehabilitación del edificio, la complementaria a la rehabilitación de edificio para la retirada de residuos de amianto y la ayuda personal y la de la Generalitat por motivos de vulnerabilidad.
La referidas al Nivel de Vivienda integran la mejora de la eficiencia energética y la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuarse a los valores de la medida de calor y de permeabilidad al aire.
Mientras que las Ayudas a la elaboración del Libro del Edificio y de la Redacción de Proyectos, se recogen subvenciones destinadas a la implantación y generalización del Libro y de Proyectos Técnicos de rehabilitación integral de edificios.
El propósito de todas estas ayudas consiste en la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial, tanto en ámbito urbano como rural, en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria, en edificios de tipología residencial colectiva (incluyendo sus viviendas) y en las viviendas ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
Gestor y agente de la rehabilitación
Para esta convocatoria también resulta fundamental la presencia del agente y gestor de la rehabilitación para facilitar la tramitación de las ayudas y la ejecución de las obras, ya que la práctica totalidad de las actuaciones de rehabilitación de edificios en la Comunitat Valenciana las realizan las comunidades de propietarios dada la estructura del parque inmobiliario residencial.
El agente de la rehabilitación tiene un perfil empresarial con capacidad económica y técnica suficiente para la ejecución de obras de rehabilitación. Y el gestor de la rehabilitación tiene un perfil principalmente técnico, con un conocimiento del proceso edificatorio y de los factores que influyen en la mejora de la eficiencia energética de los edificios.
Financiación y condiciones de la concesión de las ayudas
La cuantía total máxima de las ayudas para esta convocatoria, que aporta la Generalitat junto con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través del Instrumento Europeo de Recuperación, Next Generation EU es de 62.363.567 euros, correspondiendo 60.893.567 euros a la participación del Ministerio y 1.470.000 euros a la Generalitat.
Respecto a las condiciones para la concesión de ayudas a nivel de edificio, la orden recoge que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, se obtenga una reducción de al menos el 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable mediante certificación de eficiencia energética y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios en edificios de residencia colectiva.
Según recogen las bases reguladoras, serán subvencionables las obras a ejecutar o ejecutadas siempre que su fecha de finalización sea posterior al 11 de abril de 2022, con la excepción de las ayudas a la elaboración del libro del edificio y redacción de proyectos que indica como condición que los edificios deben estar finalizados antes del año 2000.
El proceso de concesión de subvenciones se rige por el régimen de concurrencia competitiva en el que el criterio de tramitación de solicitudes será el orden de presentación para cada uno de los tipos de ayudas.
La cuantía máxima de las ayudas, en el caso de las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, podrán incrementarse con la ayuda complementaria-personal por situaciones de vulnerabilidad económica.
Sobre la compatibilidad de las ayudas de esta convocatoria, serán complementarias con otras subvenciones públicas en el caso de no superar el coste total de las actuaciones y que las regulaciones de las otras ayudas lo admitan. En concreto, las ayudas a la mejora de la eficiencia energética son compatibles con las ayudas a las actuaciones a nivel de barrios y las de rehabilitación a nivel de edificios. Sin embargo, en el caso de las ayudas a la rehabilitación de edificios resultan incompatibles con las ayudas europeas a nivel de barrios.
Y en el caso de las viviendas unifamiliares podrán solicitar alternativamente pero no ambas las ayudas a la mejora de la eficiencia energética y/o la ayuda a la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica y las ayudas a la rehabilitación del edificio.
Plazo y forma de presentación de las solicitudes
El plazo para la presentación de la solicitud de ayudas se iniciará el 6 de junio de 2023 y finalizará el 28 de diciembre de 2023.
Además, el plazo para solicitar la inscripción como gestor o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes, se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGV, y finalizará el 21 de diciembre de 2023.
La presentación y el procedimiento de tramitación será preferentemente telemático, y en el caso de las solicitudes provenientes de comunidades de propietarios, será obligatorio realizarlo a través de los gestores y agentes de la rehabilitación.
Servicios de información sobre las ayudas
La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática dispone de varias vías o soportes de información sobre la tramitación de las ayudas: la página web RenovEU en la que se oferta una información de las ayudas en un formato accesible; el Servicio de Información mediante teléfono y WhatsApp cuyo número es 619620939; y a través de la dirección de correo electrónico fonseuropeus_rehabilitacio@gva.es. También se puede solicitar información a través del servicio de información PROP o de la red de oficinas Xaloc.