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El Ivace recibe más de un centenar de solicitudes para acogerse al Plan de Rehabilitación Energética de Edificios en municipios de hasta 5.000 habitantes

  • El plazo continuará abierto hasta el próximo 31 de diciembre o hasta agotar el presupuesto asignado, que asciende a 6,1 millones de euros
  • Las ayudas, cercanas al 70 %, están destinadas a actuaciones de eficiencia energética en fachadas, instalaciones térmicas e iluminación, así como el uso de energías renovables

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace), dependiente de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, ha recibido hasta la fecha un total de 106 solicitudes para acogerse al Plan de Rehabilitación Energética de Edificios en municipios hasta 5.000 habitantes (PREE5000). El plazo para presentar solicitudes continuará abierto hasta el 31 de diciembre o hasta agotar el presupuesto asignado, que asciende a 6,1 millones de euros.

Este programa persigue impulsar la sostenibilidad de los edificios existentes en la Comunitat Valenciana en los municipios de reto demográfico, respaldando económicamente la mejora de la eficiencia energética de las  instalaciones de iluminación y la envolvente térmica, es decir, fachadas, cubiertas, ventanas, etc.,  así como la utilización de energías renovables para calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.

La gran mayoría de las propuestas recibidas, el 89 %, corresponde a viviendas de particulares y comunidades de propietarios y las restantes a empresas y ayuntamientos. Valencia y Castellón, con 43 y 42 solicitudes respectivamente, son las provincias que más iniciativas han presentado. Alicante por su parte, ha  remitido 21 proyectos hasta el momento. 

En la actualidad, la Comunitat Valenciana cuenta con 389 municipios de reto demográfico, de los que 118 se encuentran en la provinca de Castellón, 189 en la provincia de Valencia y 82 en la de Alicante. En total, en estos municipios residen 482.000 personas.

Ayudas para 56 proyectos

Del total de solicitudes recibidas, Ivace Energía ya ha resuelto conceder ayudas a 56 proyectos, para los que destinará un total de 2,62 millones de euros. A este respecto, la consellera de  Innovación, Industria, Comercio y Turismo, Nuria Montes, ha incidido en el "elevado grado de respaldo que ofrece el Ivace", con un porcentaje de ayuda respecto a la inversión "que ronda el 72 % de media y que, en algunos casos, llega hasta el 100 %" .

Gracias a la implantación de las medidas contempladas, se conseguirá un ahorro energético superior al 60 % del consumo final de energía por término medio y, tal y como ha explicado Montes, tras la ejecución de las reformas ligadas a  la eficiencia energética, "la inmensa mayoría de las viviendas, un 90 %, alcanzan la calificación energética A o B, es decir, las mayores calificaciones en  eficiencia energética" .
 
Junto a los "evidentes beneficios medioambientales y económicos derivados del ahorro energético",  la titular de Innovación ha recalcado que la transformación de la infraestructura construida hacia edificios de consumo cero "abre importantes alternativas y oportunidades de inversión y empleo".

Requisitos y cuantía de las ayudas 

Para poder beneficiarse de estas  ayudas, que están financiadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Recuperación Next Generation EU, las acciones que se realicen deben suponer una mejora de la letra de calificación energética y una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un  30 % de la vivienda o edificio que se rehabilite.

Pueden beneficiarse, tanto los particulares como comunidades de propietarios; comunidades energéticas; empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; empresas de servicios energéticos (ESEs); entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas. 

Además, el PREE5000 pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, por lo que también podrán acceder a estas ayudas, que además contarán una ayuda adicional de hasta un 20 %.   

Las ayudas son como mínimo de un 20 %-50 % de la inversión energética y eficientemente realizada, llegando hasta un 100 % en rehabilitaciones integrales de viviendas con criterio social y que alcancen una alta calificación energética con la reforma.

En el caso del criterio social, la ayuda se puede incrementar en los edificios de viviendas de protección pública o situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales.

En cuanto a la ayuda adicional por eficiencia energética, se aplica en  actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida. 

Por último, la ayuda adicional por actuación integrada, se aplica en los  edificios que realicen simultáneamente la combinación de dos o más tipologías de actuación siempre y cuando una de ellas sea  sobre la envolvente térmica.

Tendrán también derecho a ayuda adicional los edificios incluidos dentro de una comunidad de energías renovables o una comunidad ciudadana de energía.

Acciones apoyables 

Las acciones susceptibles de ayudas se encuadran en tres categorías:  mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica (fachadas, cubiertas, ventanas,soluciones bioclimáticas, etc); mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria y  mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
    
Las actuaciones subvencionables incluidas en cada una de las tipologías se pueden llevar a cabo en edificios destinados a vivienda unifamiliar, residencial colectiva de vivienda,  cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)    

Asimismo, las actuaciones subvencionables se pueden realizar en edificios completos existentes o  sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio existente.

No son actuaciones subvencionables las que realicen  en edificios construidos en el año 2007 o posterior aquellos en los que supongan una ampliación, en los que se incremente la superficie o volumen construido, o cuando conlleven un cambio de uso del edificio.