Selectividad

Selectividad

Para estar incluida en el ámbito del artículo 107, apartado 1, del Tratado, una medida estatal debe favorecer a «determinadas empresas o producciones». Por tanto, no todas las medidas que favorecen a operadores económicos entran en el concepto de ayuda, sino solo aquellas que conceden una ventaja de manera selectiva a determinadas empresas o categorías de empresas o a determinados sectores económicos. Las medidas de alcance puramente general que no favorecen únicamente a determinadas empresas o producciones no están incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 107, apartado 1, del Tratado.