CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO-FORMACIÓN TALLERES DE EMPLEO - Administración Local
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO-FORMACIÓN TALLERES DE EMPLEO.
En el DOGV núm. 7943 de 23/12/2016 se ha publicado la Resolución de 15 de diciembre de 2016, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa mixto de empleo-formación Talleres de Empleo, con cargo al ejercicio presupuestario 2017, en aplicación de la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban sus bases reguladoras.
La convocatoria se rige por la propia Resolución y por las Bases establecidas en la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa mixto de empleo-formación Talleres de Empleo (DOGV núm. 7832 de 20/7/2016).
Los aspectos más destacados son los siguientes:
Beneficiarios
Podrán promover les proyectas Talleres de Empleo y ser entidades beneficiarias de las subvenciones:
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Las entidades locales territoriales de la Comunidad Valenciana, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, la titularidad de las que corresponda íntegramente a dichas entidades locales u otros entes públicos dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma.
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Asociaciones, fundaciones y otros entidades, todas ellas sin ánimo de lucro.
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Las mancomunidades y las agrupaciones de entidades locales constituidas en Acuerdos por la Ocupación con personalidad jurídica propia, en ambos casos, Dacuerdo con lo que prevé lartículo 11.2 de la LGS, los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometen a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias.
Las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
a) Tener veinticinco años o más.
b) Ser desempleadas, entendiéndose como tales a las demandantes de empleo no ocupadas, registradas en un servicio público de empleo.
c) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.
Con carácter general, y siempre que cumplan los requisitos mínimos exigidos, tendrán la consideración de colectivos prioritarios: las mujeres, en especial las víctimas de violencia de género, las personas con discapacidad, las personas en situación o riesgo de exclusión social, las personas mayores de 55 años, las personas con baja cualificación y las personas en desocupación de larga duración.
Objeto
El desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, del programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2017.
El programa de Talleres de Empleo se configura como un programa mixto de empleo y formación que tiene por objeto mejorar la ocupabilidad de las personas desempleadas a las que va dirigido a la realización de obras o servicios de interés general y/o social que posibiliten al alumnado/trabajador la realización de un trabajo efectivo mediante el contrato para la formación y el aprendizaje, que junto a la formación profesional para la ocupación acogida, procuro su calificación profesional y favorezca su inserción laboral.
Duración y contenido de los proyectos
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Los proyectos tendrán una duración de doce meses equivalentes a 1920 horas de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional, que también estará dirigida al aprendizaje, la cualificación y adquisición de experiencia profesional, a los efectos de la que se dedicará a formación teórica un mínimo del 25 % de la duración del proyecto.
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Los proyectos deberán desarrollar exclusivamente especialidades dirigidas a la obtención de los Certificados de Profesionalidad completos para lo que deberán cumplir todos los requisitos establecidos en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, que lo desarrolla.
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Los proyectos constarán de un itinerario formativo con la impartición consecutiva de un certificado de profesionalidad de nivel 1 y otro nivel 2, o bien uno de nivel 2 y otro nivel 3, de la misma familia y área profesional. Asimismo podrán presentarse proyectos que incluyan un suele certificado de profesionalidad de nivel 2 o de nivel 3.
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Los proyectos estarán dirigidos al desarrollo de acciones de formación en alternancia con la ocupación distribuidas en u, dos o tres grupos de 10 participantes cada u.
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El número de alumnado trabajador por proyecto será mínimo de 10 y máximo de 30.
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Desde el inicio del Taller de Empleo el alumnado será contratado por las entidades beneficiarias utilizando exclusivamente el contrato para la formación y el aprendizaje regulado en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y desarrollado por Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre. La duración de los contratos de trabajo suscritos no podrá exceder la fecha de finalización del proyecto.
Forma de presentación
Las solicitudes se presentarán en impreso normalizado, junto a la documentación específica, en las direcciones territoriales competentes en la materia de formación profesional para la ocupación, sin perjuicio de poder presentarla en cualquier otra forma prevista en la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo común.
Asimismo podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes y para ello se accederá a La Sede Electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es, des de on podrà accedir al tràmit presentació de sol·licituds a ajudes del SERVEF, o de la web del SERVEF, www.servef.es, a través de el enllaç «Sol·licitud telemàtica».
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 30 de enero y finalizará con anterioridad al 18 de febrero de 2017.
Enlaces de interés
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Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa mixto de emoleo-formación Talleres de Empleo. https://dogv.gva.es/datos/2016/07/20/pdf/2016_5792.pdf
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Resolución de 15 de diciembre de 2016, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa mixto de empleo-formación Talleres de Empleo, con cargo al ejercicio presupuestario 2017, en aplicación de la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas. http://dogv.gva.es/datos/2016/12/23/pdf/2016_10283.pdf
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Extracto de la Resolución de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa mixto de ocupación-formación Talleres de Empleo, con cargo al ejercicio presupuestario 2017, en aplicación de la Orden 11/2016, de 15 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas. http://dogv.gva.es/datos/2016/12/23/pdf/2016_10286.pdf











