CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA - Administración Local
Atrás CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
En el DOGV núm. 8043 de 19/05/2017 se ha publicado la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convocan para el 2017 las subvenciones para actuaciones de conservación y protección de los bienes inmuebles del Patrimonio Cultural de la Comunidad Valenciana.
La convocatoria se rige por la propia Resolución y por las Bases establecidas en la Orden 6/2017, de 23 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para actuaciones de conservación y protección de los bienes inmuebles del patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana (DOCV 7988, 27.02.2017) (Orden de bases de ahora en adelante).
Los aspectos más destacados son los siguientes:
Beneficiarios: ayuntamientos y también fundaciones, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro a que entre sus finalidades fundacionales tengan la recuperación, la conservación o la protección del patrimonio cultural en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Objeto: actuaciones sobre bienes de naturaleza inmueble: arqueológicos, arquitectónicos, etnológicos y paleontológicos, del patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana considerados bienes de interés cultural o de relevancia local, y los trabajos de las que sean destinados a su protección, conservación y/o recuperación dentro del marco de las atribuciones que corresponde ejercer en la conselleria competente en materia de cultura.
El importe de cofinanciación, que no podrá superar los 40.000 euros, se establecerá en función de la población del municipio según el padrón de 2016 y será:
a) Municipios de menos de 500 habitantes, será del 95%.
b) Municipios entre 501 y 1.500 habitantes, será del 90%.
c) Municipios entre 1.501 y 3.000 habitantes, será del 85%
d) Municipios entre 3.001 y 5.000 habitantes, será del 80%.
e) Municipios entre 5.001 y 10.000 habitantes, será del 75%.
f) Municipios entre 10.001 y 25.000 habitantes, será del 70%.
g) Municipios entre 25.001 y 50.000 habitantes, será del 65%.
h) Municipios de más de 50.000 habitantes, será del 60%
Forma y plazo de presentación de solicitudes: el modelo de la solicitud y los anexos están disponibles en el espacio web http://www.gva.es/downloads/publicados/in/14259_bi.pdf, i es dirigiran a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Dirección General de Cultura. También deberá adjuntarse la documentación indicada en el artículo segundo, punto 4 de la Resolución de 12 de mayo de 2017.
Las solicitudes deberán presentarse, preferentemente, en el registro auxiliar de la Biblioteca Valenciana, alternativamente podrán presentarse en el registro general de la conselleria, en las direcciones territoriales de Educación, Investigación, Cultura y Deporte o a través de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Si la solicitud no fuera presentada en el registro auxiliar de la Biblioteca Valenciana, se remitirá un fax o un correo al órgano gestor de la convocatoria (Dirección General de Cultura, 963874189 – dgpa@gva.es), con indicación del número y la fecha de entrada al registro y del órgano donde s'ha presentado la solicitud. Asimismo, podrá realizarse la presentación y registro por medios electrónicos y solicitar que las comunicaciones y notificaciones se practican por esta vía
La tramitación telemática puede realizarse a través del Portal de la Generalitat Valenciana, Guía CERCA en la siguiente URL: http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=16662.
Solo se admitirá una solicitud por entidad solicitante.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días a contar desde el día siguiente al de su publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, es decir, hasta el día 12 de junio de 2017.
Enlaces de interés:
-
Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convocan para el 2017 las subvenciones para actuaciones de conservación y protección de los bienes inmuebles del Patrimonio Cultural de la Comunidad Valenciana. https://dogv.gva.es/datos/2017/05/19/pdf/2017_4160.pdf
-
Extracto de la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convocan para el 2017 las subvenciones para actuaciones de conservación y protección de los bienes inmuebles del Patrimonio Cultural de la Comunidad Valenciana. https://dogv.gva.es/datos/2017/05/19/pdf/2017_4299.pdf
-
Orden 6/2017, de 23 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para actuaciones de conservación y protección de los bienes inmuebles del patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana. https://dogv.gva.es/datos/2017/02/27/pdf/2017_1559.pdf











