CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE EMPLEO CON APOYO EN EMPRESAS DEL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO - Administración Local
Atrás CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE EMPLEO CON APOYO EN EMPRESAS DEL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE EMPLEO CON APOYO EN EMPRESAS DEL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO.
En el DOGV n.º 7917 de 15/11/2016 se ha publicado la Resolución de 9 de noviembre de 2016, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo, reguladas en la Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
La convocatoria se rige por la propia Resolución y por las Bases establecidas en la Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo (DOGV n.º 7903 de 25/10/2016).
Los aspectos más destacados son los siguientes:
Beneficiarios: podran ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana o las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a estas que vinieran ejerciendo competencias en materia de Empleo y las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con diversidad funcional.
La Dirección General de Administración Local, en fecha 14/9/2016, emitió informe sobre inexistencia de duplicidades al respecto de la Orden por la que se establecen las Bases reguladoras de la subvención por lo que no será necesaria la petición del informe de inexistencia de duplicidades por parte de los municipios solicitantes de la subvención.
Objeto: fomentar los proyectos de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Los proyectos de empleo con apoyo se fundamentarán en un sistema de apoyo individualizado, consistente en la provisión de la ayuda imprescindible proporcionada a la persona con diversidad funcional para que pueda desarrollar por sí misma una actividad laboral. A tal efecto, las entidades beneficiarias deberán proporcionar, al menos, las
siguientes actuaciones:
a) Adquisición y fortalecimiento de las habilidades laborales tras la incorporación al puesto de trabajo.
b) Acompañamiento y entrenamiento en el mismo puesto de trabajo, así como en otras situaciones naturales consideradas en el plan personal de trabajo.
c) Asesoramiento a la empresa en la adaptación del lugar de trabajo.
d) Búsqueda de apoyos naturales del entorno laboral y social, para el mantenimiento de la inserción laboral.
Las acciones de empleo con apoyo serán llevadas a cabo por preparadores laborales que cuenten con una titulación universitaria preferentemente en Trabajo Social, Psicología, Terapia Ocupacional, Educación Social, Relaciones Laborales o Ciencias del Trabajo; no obstante, también se admitirá la titulación de formación profesional de Técnico Superior en Integración Social. En cualquier caso, deberá acreditarse una experiencia previa de al menos un año en actividades específicas de empleo con apoyo de personas con diversidad funcional en empresas del mercado ordinario de trabajo.
Periodo subvencionable: los proyectos subvencionables deberán ejecutarse dentro del periodo comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud y el 30 de septiembre de 2017. En todo caso los proyectos deberán iniciarse en 2016.
Cuantía de la subvención: la cuantía de la subvención se calculará en función del periodo en que se efectúe el apoyo, a contar desde el inicio del desempeño del puesto de trabajo por la persona atendida:
a) Durante los 6 primeros meses: 500 euros mensuales por persona atendida.
b) Entre los meses 7 a 12: 400 euros mensuales por persona atendida.
c) Entre los meses 13 a 18: 200 euros mensuales por persona atendida.
d) Entre los meses 19 a 24: 75 euros mensuales por persona atendida,
La cuantía de la subvención no podrá superar los 62.000 euros.
Las subvenciones compensarán los costes salariales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, del personal preparador laboral (propio de la entidad beneficiaria o contratado específicamente para esta actuación) que ejecute las acciones subvencionables. Únicamente se entenderá como coste salarial las percepciones económicas por la prestación del servicio, con exclusión de dietas, indemnizaciones y suplidos como consecuencia de la actividad laboral, retribuciones de vacaciones no disfrutadas u otras percepciones que no tengan la condición de salariales.
Se subvencionará un máximo de 35.000 euros por preparador laboral en cómputo anual. Dicho importe operará como límite para contrataciones a jornada completa; en el caso de contratos a tiempo parcial o de duración inferior a 12 meses, dicho límite se reducirá de forma proporcional.
Forma de presentación: Las solicitudes se formalizarán en impresos normalizados que se presentarán en la correspondiente Dirección Territorial del SERVEF, sin perjuicio de poder presentarlas en el resto de lugares previstos en la normativa de procedimiento administrativo común. Asimismo podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes a través de la web del SERVEF (www.servef.gva.es), en el enlace «Solicitud Telemática» que hay asociado a cada ayuda publicada.
Plazo de presentación de solicitudes: 7 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la Resolución en el DOGV, es decir hasta el día 24 de noviembre de 2016.
Enlaces de interés:
-
Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo. https://dogv.gva.es/datos/2016/10/25/pdf/2016_8364.pdf
-
Resolución de 9 de noviembre de 2016, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo, reguladas en la Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
-
Extracto de la Resolución de 9 de noviembre de 2016 del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo, reguladas en la Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.











