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APROBACIÓN DECRETO FONDO DE COOPERACIÓN MUNICIPAL INCONDICIONADO

 

El pasado viernes 7 de abril de 2017 el Consell aprobó el DECRETO 51/2017, DE 7 DE ABRIL, DEL CONSELL, POR EL QUE SE REGULA EL FONDO DE COOPERACIÓN MUNICIPAL INCONDICIONADO DE LA COMUNITAT VALENCIANA.

 

El Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana, primero de los instrumentos integrantes del Plan del Fondo de financiación de las entidades locales, tiene su origen en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, que en su artículo 64.3 prescribe que para potenciar la autonomía local sobre la base del principio de subsidiariedad, por ley de Les Corts, se creará el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana con los mismos criterios que el fondo estatal.

 

En cumplimiento de dicho mandato estatutario, en el artículo 201 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana, se crea el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana. Este precepto dispone que serán beneficiarios del Fondo todos los municipios de la Comunitat Valenciana y prescribe que a través de este se financiarán servicios, infraestructuras y equipamientos básicos de los municipios de la Comunitat Valenciana, y se establecerán sus dotaciones en cada ley de presupuestos de la Generalitat. Se indica finalmente que por reglamento se desarrollará la participación de los municipios en las dotaciones del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana.

 

Este fondo de cooperación municipal se caracteriza esencialmente por su naturaleza incondicionada y no finalista, resultando, por tanto, excluida su regulación de la aplicación del régimen de subvenciones, conforme a lo previsto en el artículo 2.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

 

El Decreto ha sido publicado en el DOGV n.º 8018, de 10/04/2017, pudiendo consultarse en el siguiente enlace:

 

https://dogv.gva.es/datos/2017/04/10/pdf/2017_3095.pdf