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AMPLIACIÓN DEL PERÍODO DE PROHIBICIÓN DE QUEMAS EN TERRENOS FORESTALES O CON PROXIMIDAD MENOR DE 500 METROS A ESTOS.

 

Mediante Resolución de 12 de mayo de 2017 de la directora general de Prevención de Incendios Forestales se ha ampliado el período de prohibición de quemas en terrenos forestales, colindantes, o con una proximidad menor de 500 metros de aquellos, de tal modo que desde el 1 de junio hasta el 16 de octubre, ambos inclusive, no se podrá autorizar en dichos terrenos la quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo.

 

De conformidad con ello quedan en suspenso, durante dicho período, todas las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quemas o en autorizaciones nominativas, salvo aquellas que cuenten con una regulación especial.

 

Puede consultarse la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la directora general de Prevención de Incendios Forestales, sobre modificación del período de quemas en el siguiente enlace:

 

https://dogv.gva.es/datos/2017/05/16/pdf/2017_4177.pdf