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Acuerdos con entidades extranjeras

Acuerdos con entidades extranjeras

La Generalitat Valenciana, de conformidad con la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, puede celebrar:

  • acuerdos internacionales no normativos.

  • acuerdos internacionales administrativos en ejecución y concreción de un tratado internacional.

Estos acuerdos, formalizados en el ámbito de las competencias de la Generalitat, podrán celebrarse con órganos, organismos, entes, Administraciones y personificaciones de otros sujetos de Derecho Internacional.

La Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, como órgano competente en la Generalitat Valenciana en materia de Acción Exterior:

  • emitirá el informe a que se refiere el artículo 12.5 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro

  • recabará los informes pertinentes de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, previos a la formalización del documento

  • trasladará al MAEC el documento ya firmado, para su inscripción en el registro administrativo de acuerdos internacionales no normativos y, en su caso, la publicación en el BOE.